Desde el pasado 21 de junio coincidiendo con el fin del Estado de Alarma, vuelven a estar vigentes las restricciones establecidas al transporte de mercancías.
Debido a la situación excepcional por el coronavirus el Ministerio del Interior publicó la Orden Ministerial INT/262/2020, de 20 de marzo por la que se eliminaban esas restricciones del transporte de mercancías como medida para garantizar el suministro de bienes esenciales y abastecimiento a las ciudades.
Con el fin del Estado de Alarma, deja de tener efecto el artículo 3 de dicha Orden Ministerial y se restablecen las restricciones.
Los vehículos a los cuales se restablece las restricciones son:
- – Transportes de mercancías en general.
- – Mercancías peligrosas por calendario y tramos de vía.
- – Vehículos especiales y vehículos que precisan de autorización complementaria de circulación.
Agradecimiento por el servicio prestado
Desde la Dirección General de Tráfico, se quiere agradecer a todo el sector del transporte de mercancías el trabajo esencial que han desarrollado durante todo el Estado de Alarma, abasteciendo a la sociedad y anteponiendo en numerosas ocasiones su trabajo a la posibilidad de estar con su familia.
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